ESG.07 · Huella · ESG · CSRD
Inventario corporativo de GEI por alcances 1, 2 y 3 y huella de producto siguiendo GHG Protocol, ISO 14064 e ISO 14067.
01 · Contexto
El cálculo de huella de carbono es la base sobre la que se construye cualquier estrategia ESG creíble. Aplicamos GHG Protocol Corporate Standard y la norma ISO 14064-1 para el inventario corporativo y la ISO 14067 / PAS 2050 para la huella de producto. Cada categoría queda documentada con su factor de emisión, fuente y método de cálculo.
Cubrimos los tres alcances: alcance 1 (emisiones directas), alcance 2 (electricidad y energía adquirida) y alcance 3 (cadena de valor: compras, transporte, viajes, uso del producto, end-of-life). El inventario se entrega en un formato auditable, listo para verificación independiente y para informar la memoria CSRD/ESRS E1 y el registro MITECO.
02 · Qué entregamos
03 · Normativa
GHG Protocol
Greenhouse Gas Protocol
Marco metodológico de referencia internacional para el cálculo de la huella corporativa y de producto.
ISO 14064-1
Cuantificación de GEI organizacionales
Especifica requisitos para el inventario corporativo de gases de efecto invernadero y su informe.
ISO 14067
Huella de carbono de producto
Define la cuantificación de la huella de carbono de productos basada en análisis de ciclo de vida.
Registro MITECO
Registro de Huella de Carbono
Registro nacional voluntario del Ministerio para la Transición Ecológica, con sellos calcula/reduzco/compenso.
04 · Preguntas frecuentes
El alcance 3 cubre las 15 categorías GHG Protocol: compras, bienes capitales, transporte aguas arriba y abajo, viajes de empleados, commuting, uso del producto vendido, end-of-life, franquicias, inversiones y otras. Es típicamente el alcance dominante.
Una huella corporativa con alcances 1 y 2 se completa en 4-8 semanas. Si se incluyen las categorías relevantes de alcance 3 y se exige trazabilidad para verificación, el plazo asciende a 8-12 semanas en función de la disponibilidad de datos.
El cálculo es obligatorio para empresas dentro del alcance de la CSRD (ESRS E1) y para empresas con consumos energéticos elevados o sujetas al EU-ETS. Para el resto es voluntario pero cada vez más exigido por clientes, inversores y bancos.
05 · Servicios relacionados