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    CAE.01·CAE

    Oficina Técnica CAE.

    Gestión integral del ciclo CAE: actuaciones elegibles, cálculo de ahorros, expediente técnico y tramitación ante organismos.

    01·CONTEXTO

    Oficina Técnica CAE

    Nuestra Oficina Técnica gestiona el ciclo completo de Certificados de Ahorro Energético para industria y terciario. Identificamos actuaciones elegibles bajo el RD 36/2023, dimensionamos el ahorro conforme a las fichas estandarizadas o por verificación singular, y preparamos el expediente con la documentación que exige la administración.

    Trabajamos para el sujeto obligado del sector energético, el sujeto delegado y el beneficiario industrial o terciario. La relación es continuada: una vez registrado el certificado, acompañamos el proceso hasta la liquidación final, atendiendo requerimientos de la administración y custodiando los documentos del expediente.

    02·QUÉ ENTREGAMOS
    • Identificación de actuaciones elegibles
    • Cálculo de ahorros por ficha o singular
    • Memoria técnica del expediente
    • Planos, mediciones y anexos
    • Tramitación ante el organismo competente
    • Custodia documental y liquidación
    03·NORMATIVA
    Ley 18/2014

    Sistema Nacional de Obligaciones

    Crea el sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética y el Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

    RD 36/2023

    Sistema de Certificados de Ahorro Energético

    Regula el sistema CAE español: actuaciones elegibles, sujetos obligados y delegados, métodos de cuantificación y proceso de registro.

    Catálogo de Fichas

    Fichas estandarizadas MITECO

    Listado oficial de actuaciones tipificadas con metodología de cálculo de ahorro predefinida; vía rápida para la mayoría de expedientes.

    IPMVP

    Protocolo de Medición y Verificación

    Protocolo internacional de medida y verificación de ahorros, referencia técnica habitual para actuaciones singulares.

    04·PREGUNTAS FRECUENTES
    • ¿Qué es un CAE?

      Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento oficial que acredita un ahorro energético cuantificado y verificado, registrado en el sistema español CAE creado por la Ley 18/2014 y desarrollado por el RD 36/2023.

    • ¿Quién puede beneficiarse de un CAE?

      Cualquier titular de una instalación industrial o terciaria que realice una actuación de ahorro energético elegible. El beneficio económico se realiza monetizando el certificado con un sujeto obligado del sistema (comercializadora de energía, etc.).

    • ¿Plazo típico para registrar un CAE?

      Desde la ejecución de la actuación hasta el registro del certificado pueden transcurrir 3-9 meses, según la complejidad del expediente, la vía elegida (ficha vs singular) y la disponibilidad documental.

    • ¿Hay límite para presentar un expediente?

      Las actuaciones deben presentarse dentro de los plazos establecidos por la normativa desde su puesta en servicio. Recomendamos planificar el expediente antes de ejecutar la actuación para asegurar elegibilidad y trazabilidad.

    CONTACTO·CAE.01

    Hablemos de tu próximo expediente.