CAE.01 · Certificados de Ahorro Energético
Gestión integral del ciclo CAE: actuaciones elegibles, cálculo de ahorros, expediente técnico y tramitación ante organismos.
01 · Contexto
Nuestra Oficina Técnica gestiona el ciclo completo de Certificados de Ahorro Energético para industria y terciario. Identificamos actuaciones elegibles bajo el RD 36/2023, dimensionamos el ahorro conforme a las fichas estandarizadas o por verificación singular, y preparamos el expediente con la documentación que exige la administración.
Trabajamos para el sujeto obligado del sector energético, el sujeto delegado y el beneficiario industrial o terciario. La relación es continuada: una vez registrado el certificado, acompañamos el proceso hasta la liquidación final, atendiendo requerimientos de la administración y custodiando los documentos del expediente.
02 · Qué entregamos
03 · Normativa
Ley 18/2014
Sistema Nacional de Obligaciones
Crea el sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética y el Fondo Nacional de Eficiencia Energética.
RD 36/2023
Sistema de Certificados de Ahorro Energético
Regula el sistema CAE español: actuaciones elegibles, sujetos obligados y delegados, métodos de cuantificación y proceso de registro.
Catálogo de Fichas
Fichas estandarizadas MITECO
Listado oficial de actuaciones tipificadas con metodología de cálculo de ahorro predefinida; vía rápida para la mayoría de expedientes.
IPMVP
Protocolo de Medición y Verificación
Protocolo internacional de medida y verificación de ahorros, referencia técnica habitual para actuaciones singulares.
04 · Preguntas frecuentes
Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento oficial que acredita un ahorro energético cuantificado y verificado, registrado en el sistema español CAE creado por la Ley 18/2014 y desarrollado por el RD 36/2023.
Cualquier titular de una instalación industrial o terciaria que realice una actuación de ahorro energético elegible. El beneficio económico se realiza monetizando el certificado con un sujeto obligado del sistema (comercializadora de energía, etc.).
Desde la ejecución de la actuación hasta el registro del certificado pueden transcurrir 3-9 meses, según la complejidad del expediente, la vía elegida (ficha vs singular) y la disponibilidad documental.
Las actuaciones deben presentarse dentro de los plazos establecidos por la normativa desde su puesta en servicio. Recomendamos planificar el expediente antes de ejecutar la actuación para asegurar elegibilidad y trazabilidad.
05 · Servicios relacionados